viernes, octubre 24, 2008

Otro pasito de la URE.

No hay manera de dormir...encima que no te dejan hacer radio me llaman de Iberbanda cuando estoy durmiendo para ofrecerme ofertas que no voy a coger por las interferencias que hacen.

Pero gracias a ello he subido al cuarto de radio y me he enterado de una noticia magnífica.

Se podrá experimentar en la banda de 70 Mhz y los 160 mts que estaban restringidos hasta ahora para algunos concursos se podrán usar. Los 70 estan experimentándolos un montón de países europeos, y los 160 se ocupaban de facto durante los grandes concursos.

Ahora se puede comenzar a experimentar y trabajar en ellos legalmente. Es una gran noticia.

Se puede ver la botella medio llena o medio vacia. Lo cierto es que es un avance. Estas son las cosas buenas de URE.Me alegro una vez más de estar en ella desde el año 1985, y espero seguir estandolo aunque en alguna ocasión las cosas me vengan mal dadas.Es entonces cuando tendré que acordarme de estos detalles y de muchos otros que me ofrece la asociación.

De momento sigo colaborando con ella a nivel local y es en este momento cuando puedo sentirme orgulloso de ello pues la fuerza de URE va desde el primero al último .Y es en las secciones donde más se dinamiza.Puede parecernos una tonteria colaborar a nivel local y pensar que lo hagan otros mientras vamos recogiendo su esfuerzo,y si es menester criticarlo.Pero gracias a lo local también viene lo general.Y hay muchos modos de impulsar este esfuerzo, como también hay muchos modos de socavarlo. Más de uno se tendría que plantear esto.Luego irán de elitistas, de superbuenos,pero si pueden se la pegan a la sección de URE correspondiente cuando les conviene. Seguro que no les engañan. Pero ellos estarán trabajando ahí...pasito a pasito. Enhorabuena también para las secciones locales. Se lo merecen por estar ahí.
De momento enhorabuena URE y sigue trabajando en esta línea para que podamos disfrutar de modo definitivo de estos segmentos.

Resolución autorizando la banda de 70 MHz de forma experimental y segmentos de 160 m.

RESOLUCIÓN DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE TELECOMUNICACIONES Y PARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN POR LA QUE SE AUTORIZA, EN DETERMINADAS CONDICIONES Y CON CARÁCTER TEMPORAL Y EXPERIMENTAL, LA UTILIZACIÓN DE FRECUENCIAS EN 1800 kHz Y 70 MHz POR TITULARES DE LICENCIAS O AUTORIZACIONES DE RADIOAFICIONADO.

El colectivo de radioaficionados ha venido manifestando a este Centro directivo un creciente interés por que se autorice la utilización de frecuencias en las bandas 1810 -1830 kHz y 1850 -2000 kHz con motivo de eventos especiales, así como la utilización de frecuencias en la banda 70,0 -70,5 MHz para la realización de experimentos e investigaciones; actualmente, conforme a lo dispuesto en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF), las tres bandas citadas están atribuidas a los servicios fijo y móvil ( salvo móvil aeronáutico).

Vista Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, el Real Decreto 863/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico, la Orden ITC/1791/2006, de 5 de junio, por la que se aprueba el reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por aficionados, el vigente Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, el Reglamento de Radiocomunicaciones anexo al Convenio Internacional de Telecomunicaciones, y demás disposiciones de aplicación, esta Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información,


CONSIDERANDO:

Primero.- Que es posible compatibilizar las utilizaciones actuales de los servicios fijo y móvil en las bandas 1810 -1830 kHz, 1850 -2000 kHz y 70,0 -70,5 MHz con la realización, en determinadas condiciones, de emisiones de frecuencias en dichas bandas desde estaciones autorizadas de radioaficionados .

Segundo .- Que otros países miembros de la Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones (CEPT) permiten actualmente a sus radioaficionados la utilización, en determinadas condiciones, de frecuencias en las tres bandas citadas.

Tercero.- Que el apartado tercero de la Orden ITC/3391/2007, de 15 de noviembre, por la que se aprueba el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, habilita al Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, para autorizar usos de carácter temporal o experimental distintos de los previstos en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias.

RESUELVO:

Primero.- Autorizar a los titulares de licencias o autorizaciones de radioaficionado la utilización de frecuencias en las bandas 1810 -1830 kHz y 1850 -2000 kHz con motivo de su participación en los concursos internacionales a continuación citados y exclusivamente durante las fechas asimismo indicadas:
Concurso Mundial Mundial durante los días 25 y 26 de octubre de 2008
Concurso CQ WWW 160m CW, durante los días 24 y 25 de enero de 2009
Concurso CQ WWW 160m Fonía, durante los días 21 y 22 de febrero de 2009
Concurso S.M. El Rey de España CW , durante los días 23 y 24 de mayo de 2009
Concurso S.M. El Rey de España Fonía , durante los días 27y 28 de junio de 2009
Concurso ARRL 160m , durante los días 5 y 6 de diciembre de 2009

Las demás características técnicas de esta emisiones serán las mismas que las recogidas en el Anexo I al vigente Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados para la banda 1830 – 1850 kHz.

Segundo.- Autorizar hasta el 25 de abril de 2009 a los titulares de licencias o autorizaciones de radioaficionado la realización de emisiones en las frecuencias 70,150 MHz y 70,200 MHz, con una potencia radiada aparente (pra) máxima de 10w (10dBw) y una anchura de banda máxima de 12kHz.

Tercero.- Estas autorizaciones se efectúan sobre la base de no interferencia a otros servicios de telecomunicación autorizados y de no protección frente a interferencias producidas por ellos.

De producirse interferencias perjudiciales a otros servicios de telecomunicación autorizados las emisiones deberán ser suspendidas de manera inmediata.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación o bien ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin que puedan ser simultáneos ambos recursos.

1 comentario:

Raúl dijo...

Lo de las bandas de 160m y 70MHz (4m) es una buena noticia. Aquellos que dispongan de antenas de 1/8 de onda para 2m, encontrarán fácil que esta resuene a 70 MHz.

Creo que el ministerio de industria turismo y comercio estaba estudiando también, abrir a los radioaficionados otras bandas en microondas. No recuerdo exactamente el enlace, pero esto puede ser muy interesante.

En cuanto a lo de las interferencias y otras acciones ilegales (como que una radio privada cuele una antena en el mástil de tu radioclub y encima to lo cierre con llave por ejemplo). Espero que la justicia sea ágil y efectiva, y es que la justicia no es ciega como suelen decir, sino coja y va muy lenta.

Bueno, suerte y a disfrutar de las nuevas bandas.

73 EA2CTK